Gonzalo Moliner y Alberto Ruiz Gallardón |
En el inicio de los tiempos, los padres de la patria estimaron que la actividad política de parlamentarios y senadores, tras una larga dictadura, debía verse protegida por el llamado aforamiento. Es decir, los representantes del pueblo no serían juzgados por el juez ordinario, sino por el Tribunal Supremo o, en su caso, por el Tribunal Superior de la respectiva comunidad autonómica.
En aquellas fechas fundacionales de lo que se ha venido en denominar "Transición", casi todo el mundo consideró que la medida era adecuada a derecho y proporcionada. En ningún caso iba a derivar en abusos ni en componendas. Parece evidente que la opinión ayoritaria estaba equivocada.